Aunque lo más habitual es transmitir al morir, también existe la opción de donación en vida como una alternativa a la herencia. Ahora bien, las donaciones no están exentas de riesgos… Dadas las implicaciones fiscales que a continuación comentaremos y, en especial, a las derivadas en la armonía familiar que puede generar, es una cuestión sobre la que hay que reflexionar a consciencia y dejarse asesorar.
Mediante una donación inter vivos se transmiten de forma irreversible determinados bienes a otra persona. Por tanto, aporta más seguridad jurídica que un testamento, ya que este se puede modificar cuantas veces se quiera. Pero, precisamente por ello, es importante que uno se haya informado y que se haya analizado bien la situación antes de realizar la donación en vida.
En la práctica, el donante puede donar tantos bienes, muebles o inmuebles, como desee de los que actualmente tiene. Los límites son que se reserve en propiedad o usufructo un mínimo que le permita vivir dignamente, que se respeten las legítimas para los herederos forzosos y que no se donen bienes futuros.
Algunos padres prefieren hacer una donación en vida para evitar conflictos hereditarios futuros. Asignan en vida sus bienes o negocian el testamento con sus hijos para que todos manifiesten sus intereses, ya que creen que así será más fácil que tras su muerte reine la paz. En otros casos, los padres efectúan donaciones progresivas de paquetes accionariales o mantienen solo el usufructo y ceden los derechos políticos de la empresa familiar a los futuros herederos. Todas estas estrategias, que en algunos casos pueden funcionar, en muchos otros significan abrir una caja de truenos que todavía dificultan más la decisión de los padres y retrasa el hacer testamento.
El riesgo de una donación en vida
Los padres deben tener cuidado con una donación en vida para evitar poner en riesgo su calidad de vida en sus últimos años. Es cierto que, en las donaciones, se pueden establecer condiciones para el donatario. Aun así, debemos ser conscientes del riesgo que suponen. Está bien ser generoso, pero, en este tema en concreto, y más con el alargamiento de la esperanza de vida, es mejor que seamos egoístas. En Family Business Solutions hemos visto casos de personas que decidieron transmitir todas sus propiedades en vida. Ahora, están teniendo un final de sus días que en ningún caso se merecían, en el umbral de la pobreza…
Otro riesgo que hay que considerar es la cuestión fiscal. Realmente, uno de los factores que más influyen en la decisión de realizar una herencia o una donación en vida es la relativa a los impuestos que se deben pagar en cada caso. El donatario de cualquier bien tendrá que hacer frente al pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Ahora bien, como este tributo está cedido a las Comunidades Autónomas, en cada Comunidad hay una regulación diferente y en algunas de ellas se establecen importantes reducciones o bonificaciones.
Una donación también está gravada por el impuesto de plusvalías y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en determinados casos. Todo ello sin olvidar que, en las empresas familiares, existen incentivos fiscales tanto para el ISD como el IRPF, cumpliendo determinados requisitos.
Como habéis podido comprobar, una donación en vida es un tema complejo. Así pues, antes de hacer planteamientos sobre la asignación de activos en vida, os recomendamos que os asesoréis bien. Dejaos ayudar por expertos y, a poder ser, que sean estos quienes expongan a los hijos que la voluntad de los padres es soberana y debe respetarse.
2 respuestas a “Donación en vida, ¿una buena idea?”
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