Cuando hablamos de empresas familiares en este blog, la mayoría de las veces nos referimos a PYMES familiares. Nunca hasta ahora había dedicado un artículo a lo que se conoce como microempresa familiar.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de microempresas familiares? En este tipo de negocios es el propio emprendedor quien lleva la empresa y se hace cargo de toda la gestión del negocio, muchas veces con la participación de la familia o con su soporte económico inicial. Habitualmente, una microempresa familiar es de titularidad individual, aunque también puede adoptar la forma de sociedad de capital (preferiblemente S.L.).
A raíz de la crisis económica que lamentablemente sufrimos hace unos años en nuestro país, el concepto de microempresa y de microempresa familiar se ha hecho más popular. Las altas tasas de paro propiciaron el emprendimiento como alternativa para trabajar. Y dado que las microempresas son negocios de muy reducido tamaño y que se caracterizan por necesitar poca inversión de capital para comenzar su actividad económica (por ejemplo, se trata de tiendas comerciales, negocios artesanales o explotaciones agrarias, entre otros) el contexto económico favoreció la creación de este tipo de negocios.
Uno de los puntos fuertes de una microempresa familiar es precisamente su tamaño reducido. Tener una estructura simple la hace ganar en flexibilidad y aumenta su capacidad de adaptación al mercado. Además, le da proximidad y le permite ser más cercana a los clientes y conocerlos mejor. Sin embargo, la falta de financiación que acostumbran a sufrir las microempresas familiares supone un límite a la hora de expandirse geográfica y tecnológicamente y esto reduce su capacidad de competir con otras empresas y sus posibilidades de crecimiento.
Qué es y qué no es una microempresa familiar
¿Cuándo decimos que un negocio es una ‘microempresa familiar’ y ya no una pequeña empresa familiar? El Real Decreto 1515/2007 se basa en el valor patrimonial, el volumen de beneficios y el número de empleados para diferenciar entre pequeña empresa y microempresa.
Según la definición legal, las microempresas deben reunir al menos dos de las siguientes condiciones:
a) Que el total de las partidas del activo no supere el millón de euros.
b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los dos millones de euros.
c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a diez.
Si se superan durante dos ejercicios contables seguidos estos límites, ya no estaremos hablando de una microempresa familiar, sino de una pequeña empresa familiar.