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presidente del Consejo de Familia

El presidente del Consejo de Familia NO debe ser el del Consejo de Administración

presidente del Consejo de Familia

La cuestión de si el cargo de presidente del Consejo de Familia y el de presidente del Consejo de Administración deben recaer en la misma persona es una de vuestras dudas frecuentes. En Family Business Solutions llevamos más de 12 años trabajando con empresas familiares y, en base a nuestra experiencia, creemos que es recomendable que ambos cargos no coincidan en la misma persona.

El cargo de presidente del Consejo de Familia debería ostentarlo un accionista con un elevado nivel de experiencia y competencia profesional. Además, debería poseer un alto grado de liderazgo, gozar de reconocimiento en la familia y ser empático con los familiares. Al mismo tiempo, esta persona debe ser capaz de lograr que los acuerdos se aprueben por consenso y de llegar a pactos y compromisos con todos los familiares.

Las principales funciones del presidente del Consejo de Familia son dirigir al resto de consejeros y representar al Consejo de Familia. El presidente actúa como nexo de unión entre este órgano y el Consejo de Administración, así como la dirección de la empresa. También debe garantizar que el Consejo de Familia vea cumplidas sus expectativas en todo lo referente a su derecho de información, por lo que juega un papel clave para lograr una comunicación fluida en la empresa familiar. Para cumplir con este cometido, es recomendable que tenga un contacto frecuente con el presidente del Consejo de Administración y los demás consejeros.

Argumentos en contra de que el presidente del Consejo de Familia sea el del Consejo de Administración

Es recomendable que los cargos de presidente del Consejo de Familia y Consejo de Administración los ocupen el líder empresarial y el líder familiar, respectivamente. Por tanto, respondiendo a vuestra pregunta, la opinión mayoritaria y compartida por instituciones como el Instituto de la Empresa Familiar es que el presidente del Consejo de Familia no debe coincidir con el del Consejo de Administración.

No es conveniente que la misma persona ostente ambos cargos principalmente por dos razones de peso. Por un lado, se pierde eficacia en la labor de supervisión, ya que podría darse un cierto conflicto de intereses.

Por otro lado, la mayoría de las veces, el familiar mejor capacitado para gestionar la empresa familiar no tiene el mejor perfil para atender los asuntos de la familia y coordinarlos en el seno de los órganos de gobierno familiares. Y lo mismo ocurre a la inversa: No siempre el miembro familiar mejor capacitado para gestionar la familia tiene el perfil empresarial adecuado para presidir el Consejo de Administración.

Por todo ello, el presidente del Consejo de Familia debería ser elegido por el propio Consejo de Familia, o por la Asamblea Familiar, si ésta está restringida a miembros de la familia que son o serán accionistas y han firmado el Protocolo familiar, con independencia del estatus formal de uno u otro órgano. Sí que puede ser adecuado, en familias de baja complejidad, que el cargo de presidente y el cargo de secretario del Consejo de Familia recaigan en la misma persona.

Por último, también deciros que es muy aconsejable, por norma general, que tanto el cargo de presidente del Consejo de Familia como el de presidente del Consejo de Administración los ocupe la generación saliente de la familia. Siguiendo esta recomendación, se refuerza el papel representativo e interlocutor del presidente.

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